El tornado del pasado 4 de abril azotó a nuestro distrito causando destrozos múltiples en casas, escuelas, comercios, clubes y sumándose a ello, nuestro rico patrimonio forestal: nuestros árboles.
Como más del 50% del arbolado público fue destruido, el Municipio se abstuvo, por un lapso de tiempo, al labrado de actas de comprobación por podas abusivas al arbolado público, priorizando la ayuda por sobre la sanción a las actividades ilegales.
Sin embargo, días después de la tormenta, se pudo ver que algunos vecinos comenzaron a talar y podar los árboles indiscriminadamente causando un daño agravado al arbolado que no se justifican con las consecuencias del temporal sufrido.
La Ley 12.276 de la Provincia de Buenos Aires, prohíbe las acciones que constituyen daños al arbolado, como la poda abusiva, la tala indiscriminada y la extracción injustificada. Lo que se prohíbe es todo lo que signifique menoscabo al patrimonio forestal de los Municipios, no sólo el de Ituzaingó, sino de todos los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.
Las podas, talas y extracciones se realizan sólo cuando existen causas que las justifiquen, es decir, cuando el estado del árbol es irrecuperable ya sea porque ha cumplido su ciclo biológico, por ser riesgoso para las personas y los bienes por su caída, por no ser apto para las zonas públicas o cuando se encuentran inclinados.
Para estos casos excepcionales, el Municipio, a través de la Dirección General de Ecología, Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, habilita a realizar talas o podas mediante el Departamento de Arbolado Urbano.
A su vez, la Dirección General entrega autorizaciones a los vecinos que lo soliciten, para que ellos mismos poden los árboles de sus veredas. Junto a la autorización se les entrega un instructivo que explica cómo se debe podar para no dañar el árbol.
La autorización se otorga con un plazo en el cual se debe realizar el trabajo (plazo de caducidad), y cumplido éste, los inspectores de Ecología, pasan por el domicilio para fiscalizar cómo se ha procedido. En caso de haberse excedido en la poda (poda abusiva), se labra el acta de comprobación correspondiente y se remite al Juzgado de Faltas, en el que puede dar lugar a la imposición de multas.
Para solicitar dichas autorizaciones pueden dirigirse a la Dirección General de Ecología, Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable ubicada en Av. Ratti 10 o comunicarse telefónicamente al 4458-4058. Sino pueden enviar un mail a: midirecciongeneralecologia@gmail.com
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