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viernes, 6 de diciembre de 2013

Dieron de baja sitios web en los que se ofrecía el “cigarrillo electrónico”


Sitios web que ofrecían "cigarrillos electrónicos", cuya venta y promoción están prohibidas en el país, fueron dados de baja luego de que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) –organismo dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Juan Manzur– realizara las correspondientes denuncias ante la Dirección Nacional de Registros de Dominios de Internet.

Como consecuencia de dichas gestiones, concretadas a través del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de la ANMAT, se dispuso la baja de los siguientes sitios web:
www.fumarelectronico.com.ar, www.e-cigarrillo.com.ar y www.argentinagreensmoke.com.ar.

El denominado "cigarrillo electrónico" es un dispositivo concebido para la sustitución del consumo de productos derivados del tabaco o simplemente para simular el acto de fumar. Hasta el momento, no se han presentado evidencias científicas sobre su eficacia y seguridad, ni se conoce la composición química exacta del contenido de los cartuchos de dichos productos, tanto la de aquellos que anuncian que contienen nicotina como la de los que promocionan no contenerla.

Por todo lo expuesto, se recuerda a la población que no deben adquirirse ni utilizarse los dispositivos mencionados y puede denunciarse la venta ilegítima por internet y la publicidad engañosa de productos para la salud al correo electrónico publicidad@anmat.gov.ar.

viernes, 8 de noviembre de 2013

EEUU quiere prohibir las grasas trans, peligrosas para la salud

Lo propone la FDA

Las autoridades sanitarias de Estados Unidos quieren prohibir las grasas trans artificiales presentes en galletas y pizzas congeladas, entre otros alimentos procesados, citando riesgos significativos para la salud, en especial eventos cardiovasculares que pueden ser fatales.

"Es un paso importante para proteger a un mayor número de estadounidenses de los peligros potenciales de las grasas trans", dijo la directora de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA), Margaret Hamburg, al anunciar esta decisión preliminar.

"Aunque el consumo de grasas trans artificiales potencialmente perjudiciales ha disminuido en las dos últimas décadas en Estados Unidos, la ingesta actual sigue siendo un problema importante de salud pública", agregó.

"Una mayor reducción de la cantidad de grasas trans en la dieta de los estadounidenses podría prevenir 20.000 ataques al corazón y 7.000 muertes adicionales por enfermedades cardíacas al año", subrayó Hamburg.
Los expertos de la FDA determinaron que estas grasas hidrogenadas "no son generalmente reconocidas como seguras" para su uso en alimentación, indicó la agencia en un comunicado.

Tras esta decisión preliminar, FDA abrió un período de comentarios públicos de 60 días para obtener más información y determinar el tiempo que el sector agroalimentario necesita para dar cumplimiento a esta nueva normativa.

Según el Instituto de Medicina de Estados Unidos (IOM), una entidad independiente del gobierno que asesora a los responsables políticos y al público, las grasas trans aumentan el colesterol malo en el cuerpo e incrementan el riesgo de enfermedades cardiovasculares sin aportar ningún beneficio para la salud.

Las primeras campañas contra las grasas trans fueron lanzadas por los grupos de defensa de los consumidores hace unos diez años. En respuesta, numerosas empresas alimenticias redujeron voluntariamente los niveles de estas grasas en sus productos, como postres, palomitas de maíz para hornos microondas, crema para el café en polvo y margarinas.

Muchos fabricantes de alimentos y comerciantes en Estados Unidos demostraron que la mayoría de estos alimentos pueden ser producidos sin grasas trans, dijo la FDA, y agregó que gracias a estas iniciativas y campañas, el consumo de este ingrediente se redujo notablemente en la dieta de los estadounidenses.

Así, desde la aparición en 2006 de información sobre estas grasas en las etiquetas que detallan el contenido de los alimentos, su ingesta entre los estadounidenses pasó de 4,6 gramos por día en 2003 a cerca de 1 gramo por día en 2012, una reducción del 78%, según la FDA.

"Los fabricantes de alimentos han reducido voluntariamente los niveles de grasas trans de muchos alimentos en los últimos años, pero un número considerable de productos aún contienen aceites parcialmente hidrogenados, fuente principal de grasas trans en los alimentos procesados", insistió Michael Taylor, director adjunto de la FDA para alimentación y medicina veterinaria.

Al final del periodo de consultas, si la FDA hace efectiva esta decisión preliminar, las grasas trans se considerarán "aditivos alimentarios" y ya no podrán integrar la composición de los alimentos.
Esta prohibición no es aplicable a las grasas trans que se forman naturalmente en pequeñas cantidades en algunos productos cárnicos y lácteos, aclaró la FDA.

La decisión fue bien recibida entre los nutricionistas, que señalaron sin embargo que las empresas de alimentos siguen utilizando productos ricos en grasas saturadas y azúcares.
"Cuando los industriales modifican la composición de sus productos para eliminar las grasas trans, a menudo las reemplazan con aceite de coco y de palma, ricos en grasas saturadas", advirtió Dana Angelo White, profesora de dietética en la Universidad de Quinnipiac (Connecticut, noreste).

La eliminación de las grasas trans en los alimentos procesados no es suficiente para evitar la obesidad, según los expertos.
"La comida rápida causará obesidad, incluso sin grasas trans, porque esos alimentos están llenos de grasas saturadas malas y azúcares dañinos para la salud en las cantidades que se consumen en la dieta típica estadounidense", dijo Christopher Ochner, director del Centro de Salud del Adolescente en el Hospital Mount Sinai en Nueva York.

Los fabricantes de alimentos de Estados Unidos, reunidos en la Grocery Manufacturers Association (GMA), han expresado su disposición a "trabajar con la FDA para entender mejor sus preocupaciones y determinar cómo nuestro sector puede servir mejor a los consumidores".La GMA subrayó también que ha reducido voluntariamente las grasas trans de sus productos en un 73% desde 2005. DocSalud

miércoles, 14 de noviembre de 2012

La Anmat prohibió el consumo de suplementos dietarios de algunos laboratorios

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización y el uso de suplementos dietarios, esteroides, anabólicos, fármacos contra la obesidad, antiestrógenos de los laboratorios Pharma Fitness, Merz Pharma, Novo Pharma y The British Drug Houses Ltd.

El organismo, a través de la Disposición  6501/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial, determinó la prohibición, luego de que se comprobara la falta de registros de inscripción de los medicamentos.

Los fármacos no autorizados para su comercialización y uso son: Pharma Fitness, Full Power Tamoxifen 10 mg., 60 Tablets, Made in Usa; Pharma Fitness, Full Power Burner Tamoxifeno 10 mg., 60 Tablets, Made in Usa; Pharma Fitness, Full Power Nandrolone 10 mg., 60 Tablets, Made in Usa; Pharma Fitness, Full Power Oximethalone 10 mg., 120 Tablets, Made in Usa; Pharma Fitness, Full Power Triacidotiroacético AP 2 mg., 120 Tablets, Made in Usa; Biochem Pharma Oxitol, Oxymetholone 10 mg, 100 tablets, Manufactured by Merz Pharma y Biochem Pharma Dianabol, Methandrostelone 10 mg, 100 tablets, Manufactured by Merz Pharma.

También, Clembuterol 0.02 mg por 100 comprimidos, Laboratorio Novo Pharma, elaborado en España; Tamoxifeno 10 mg, citrato de tamoxifeno, por 50 comprimidos, Novo Pharma, elaborado en España; Ácido Tióctico 25 mg, ácido a lipólico, por 100 comprimidos, Novo Pharma, elaborado en España; Stanobol, stanozolol 10 mg, 100 tablets, Manufactured by: B.D.H., The British Drug Houses Ltd y Oxybol, oximetolone 10 mg, 100 tablets, Manufactured by: B.D.H., The British Drug Houses Ltd.

En los considerandos, la resolución indica que el personal del Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos y Productos Médicos se constituyó ante la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 16, “para dar cumplimiento a lo solicitado mediante oficio judicial librado en el marco de la causa Nº 50162/2010, realizando un peritaje sobre los productos secuestrados”.
Con posterioridad, el Departamento de Registro de la Anmat informó que “no se encontraron registros de inscripción” de los productos mencionados.

 La Ley Nacional de Medicamentos Nº 16.463, en su artículo 1º establece que: “Quedan sometidos a la presente ley y a los reglamentos que en su consecuencia se dicten, la importación, exportación, producción, elaboración, fraccionamiento, comercialización o depósito en jurisdicción nacional o con destino al comercio interprovincial, de las drogas, productos químicos, reactivos, formas farmacéuticas, medicamentos, elementos de diagnóstico y todo otro producto de uso y aplicación en la medicina humana y las personas de existencia visible o ideal que intervengan en dichas actividades”.

En su artículo 2º, dispone que: “Las actividades mencionadas en el artículo 1° sólo podrán realizarse, previa autorización y bajo el contralor del Ministerio de Asistencia Social y Salud Pública, en establecimientos habilitados por el mismo y bajo la dirección técnica del profesional universitario correspondiente, inscrito en dicho ministerio. Todo ello en las condiciones y dentro de las normas que establezca la reglamentación, atendiendo a las características particulares de cada actividad y a razonables garantías técnicas en salvaguardia de la salud pública y de la economía del consumidor”.

En este sentido, la resolución precisa que “a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, toda vez que se trata de productos sin registro y cuyas condiciones de elaboración se desconocen, el Programa Nacional de Control de Medicamentos y Productos Médicos estima pertinente prohibir el uso y la comercialización en el territorio nacional de todos los productos detallados precedentemente”.

Prohibición de productos médicos

La Anmat también prohibió hoy, a través de la Disposición  6479/2012 publicada en el Boletín Oficial, la comercialización y uso en todo el territorio nacional, de todos los productos médicos fabricados por Bioplas S.R.L., en todos sus lotes, por la falta de cumplimiento de las normas de Buenas Prácticas de Fabricación.

Además, el organismo determinó el recupero del mercado de todos los productos médicos fabricados por la firma, debiendo presentar en la Dirección de Tecnología Médica, la documentación respaldatoria de la diligencia.

En los considerandos, la norma indica que Bioplas S.R.L. solicitó la renovación del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación y comunicó la modificación de estructura de su establecimiento situado en la calle Pizzurno Nº 849, Ramos Mejía, Provincia de Buenos Aires.

La empresa estaba habilitada por la Anmat para fabricar cánulas de aspiración; guías para administrar soluciones parenterales y sangre; inhaladores de oxígeno, tubos de drenaje torácico, sondas para intubación levine, para alimentación enteral, nasogástricas, para aspiración, nelaton y rectales de PVC y prolongadores y bolsas para recolección de muestras de orina pediátricas, estériles y de un solo uso, con fecha de emisión 5 de enero de 2007 y plazo de vigencia de 5 años.

“Con el fin de constatar el cumplimiento de las normas de Buenas Prácticas de Fabricación, la Dirección de Tecnología Médica procedió a inspeccionar el establecimiento. Durante la recorrida efectuada, los inspectores actuantes constataron que la firma ya había realizado modificaciones a la estructura previamente habilitada. También, pudo verificarse que los depósitos de empaque, materia prima y producto terminado no cuentan con separación física, y presentan humedad en las paredes”, puntualiza el texto.

Además, se encontraron varias irregularidades, como en una estufa utilizada para la incubación de los controles biológicos para el control de la esterilización, que no se encontraba calibrada; en la máquina estrusora para la fabricación de tubuladuras presenta corrosión y manchas de óxido en uno de sus tramos ; en el depósito de semielaborado se observó una caja de cartón conteniendo tramos de tubuladuras, los cuales no se encontraban identificados y además no poseían doble bolsa para el ingreso y egreso del material al área limpia y en el depósito de producto terminado en cuarentena, que no cuenta con la ventilación adecuada para el venteo de los productos provenientes de la empresa esterilizadora, entre otras.

Secretaría de Comunicación Pública -  Presidencia de la Nació

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