viernes, 28 de diciembre de 2012

Autorizan utilización de fitosanitarios para algunos cultivos hortícolas

TOP CAME


El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), a través de la Resolución 608/2012, autorizó la utilización de fitosanitarios y estableció los límites máximos de residuos permitidos en determinados cultivos hortícolas.

A los fines de erradicar la utilización de productos no admitidos, la Resolución detalla que los fitosanitarios usados y comercializados en todo el territorio nacional deben estar inscriptos en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal del SENASA.

Si bien el organismo reconoció que el uso de plaguicidas desautorizados en la horticultura se debe, en parte, a la inexistencia de productos específicos para cada cultivo, la normativa busca promover la aplicación de las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) y comprende productos como la acelga, el perejil, la lechuga, la rúcula, la frutilla, el orégano y el brócoli, entre otros.

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