- Pretender mostrar como una novedad un simple papel impreso que no ha sido emitido por el Organismo y que, además, buscaría recolectar datos que forman parte de un régimen de información creado en el año 2006, muestra carencia de solvencia técnica al momento de informar a la ciudadanía.
- El supuesto “formulario” al que hace mención la nota de La Nación no forma parte de ningún accionar del organismo.
- El supuesto “formulario” es un simple papel impreso que no cumple con ninguno de los requisitos internos de la AFIP y no lleva la firma de ningún funcionario actuante.
- El régimen de información de expensas fue instrumentado el 22 de noviembre de 2006 por la Resolución General (AFIP) Nº 2.159
El
supuesto “formulario de Echegaray” al que hace mención la nota no forma parte de
ningún accionar del Organismo; Claramente, y según surge de la misma
publicación, el supuesto formulario es un simple papel impreso que no cumple con
ninguno de los requisitos internos de la AFIP, es decir número de formulario
oficial o identificaciones propias del Organismo, y no lleva la firma de un
funcionario actuante.
Rotular
de esta manera personalísima a un “supuesto formulario” muestra la intención de
centralizar la cuestión en el Administrador Federal y busca, además, opacar el
profesionalismo y tecnicismo del accionar interno del organismo y de los
profesionales y funcionarios que lo integran, ya que cualquier medida de control
y fiscalización que se lleva adelante se hace en el marco de la ley de
procedimiento tributario –ley Nº 11.683-, interviniendo todas las áreas con
competencia en la materia y cumpliéndose con todas las normas de estricto
profesionalismo y rigor técnico que caracterizan a la AFIP.
El
régimen de información de expensas fue instrumentado en el año 2006 por la
Resolución General (AFIP) Nº 2.159. La falacia de la nota queda nuevamente en
evidencia desde el momento en que se soslaya que AFIP cuenta con esta
información de manera sistémica, centralizada e informática.
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