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viernes, 16 de octubre de 2015

Tribunal Europeo de DDHH emitió un fallo sobre un negacionista turco

(Agencia Prensa Armenia).- La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) emitió el jueves 15 de octubre el fallo final del caso Perinçek v. Suiza (aplicación 27510/08), con una ambigua resolución que conformó tanto al gobierno de Armenia como al de Turquía. El político turco Dogu Perinçek había sido condenado en Suiza en 2005 por negar públicamente el Genocidio Armenio, por lo que llevó su caso al TEDH, donde obtuvo fallos favorables.

El Tribunal concluyó que "no había sido necesario, en una sociedad democrática, someter al Sr. Perinçek a una sanción penal con el fin de proteger los derechos de la comunidad armenia", en relación a las declaraciones públicas que hizo el político turco en Suiza en 2005, en las que negó el Genocidio Armenio. Por lo tanto, el TEDH encontró que hubo una violación del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que se refiere a la libertad de expresión.

"Es importante destacar que el Tribunal no objeta la ley suiza que penaliza la negación del Genocidio Armenio", opinó Mario Nalpatian, vicepresidente de la Internacional Socialista y miembro del Consejo Nacional Armenio Mundial, en declaraciones a la Agencia Prensa Armenia. "Descalifica la decisión del Tribunal de primera instancia que ponía en duda el hecho de que había ocurrido el Genocidio de 1915 y rechaza la indemnización solicitada por Perinçek. La sentencia se remite exclusivamente a la causa Perinçek, sentenciando que sus declaraciones no tienden a propagar odio ni intolerancia en Suiza". La corte expresó que el TEDH "no tenía la autoridad" ni "le fue requerido" determinar si los hechos de 1915 constituyeron un genocidio, dejando sin efecto la primera resolución que argumentaba que no había un "consenso general" para definir las masacres de 1915 como un "genocidio".

Geoffrey Robertson y Amal Clooney, abogados que defendieron la postura del gobierno armenio durante la audiencia, emitieron una declaración posterior, en la que sostuvieron que la decisión era "una victoria para Armenia" ya que "Armenia intervino en el caso, por una razón: el tribunal inferior había puesto en duda el hecho de que se hubiera producido un genocidio contra el pueblo armenio en 1915. Se buscó corregir este grave error y la Gran Sala lo ha hecho".

El fallo además cuenta con opiniones en disidencia por parte de siete jueces, entre los que se encontraba el presidente de la Corte Europea de Derechos Humanos,Dean Spielmann. "Que las masacres y deportaciones sufridas por el pueblo armenio constituyeron un genocidio es evidente. El Genocidio Armenio es un hecho histórico establecido", declararon los juristas. "Negarlo es negar lo evidente".

La Cancillería turca, por su parte, consideró la sentencia como "una señal muy fuerte en contra de todos los esfuerzos que imponen la acusación de 'genocidio' como la única y absoluta verdad, junto con intentos y prácticas que incluso prohíben cuestionarlo". "Según la sentencia, los acontecimientos de 1915 son un tema de debate legítimo y de diferentes opiniones en relación a lo que ocurrió durante ese período se encuentran bajo la protección de la libertad de expresión. Del mismo modo, no es de ninguna manera posible de comparar lo que pasó en 1915 con el Holocausto. El juicio ha registrado el hecho de que los parlamentos y los líderes no tienen competencia para reescribir la historia", declaró la Cancillería de Turquía. "También reconoce que los tribunales no pueden pronunciarse sobre la historia al hacer caso omiso de las normas jurídicas pertinentes", señaló, a pesar de que el TEDH indicó que sí lo podía hacer una corte penal internacional.

Si bien el TEDH declaró el fallo no tenía la intención de "definir si la criminalización o la negación de genocidios era justificable", sino tratar un caso puntual, sí se refirió a los casos de negación del Holocausto. "En los casos relativos a las declaraciones en relación con el Holocausto, la Corte tenía - por razones históricas y contextuales - invariablemente que presumir que podrían ser vistas como una forma de incitación al odio racial", y, en cambio, "no considera que podría hacerse lo mismo en este caso".

El artículo completo se puede encontrar en 

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