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miércoles, 7 de mayo de 2014

Argentina a la vanguardia de la implementación del nuevo estándar global de intercambio automático de información financiera


-Por mandato del G-20, que integra Argentina, la OCDE desarrolló un nuevo estándar global referido al intercambio automático de cuentas financieras.

--En la reunión ministerial del día de hoy en París, los países OCDE, incluyendo a Suiza, Estados Unidos, Argentina, Brasil, China, entre otros se comprometieron a la implementación del mismo.

--La cláusula de intercambio de información del Convenio para Evitar la Doble Imposición suscripto con Suiza prevé el compromiso de ese país de implementar el intercambio automático de información con Argentina.

Durante la reunión ministerial de la OCDE desarrollada hoy en París se suscribió la Declaración de Intercambio Automático de Información para fines fiscales, comprometiéndose a implementar el nuevo estándar. El acuerdo fue firmado por 34 países que integran esa organización, entre los que se encuentran la Argentina, Brasil, China, Estados Unidos, Suiza, Colombia, Costa Rica, India, Indonesia, Letonia, Lituania, Malasia, Arabia Saudita, Singapur y Sudáfrica.

A la fecha más de 60 países han adherido a implementar de manera temprana el nuevo estándar (Early Adopters Group) y se espera que otros miembros del Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información se sumen a estas naciones en los próximos meses.

El compromiso de Suiza, como país miembro de la OCDE, le garantiza a la Argentina la implementación del intercambio automático de información financiera que estratégicamente fue incluido en la cláusula de intercambio de información prevista en el Convenio para Evitar la Doble Imposición suscripto con ese país, el pasado 20 de marzo.

Los líderes del G-20 adoptaron como nuevo estándar internacional, el intercambio automático de información financiera, para luchar contra la evasión internacional de cuentas offshore, en setiembre de 2013 en San Petersburgo.

El nuevo estándar implica un esquema donde las instituciones financieras (bancos, custodia, brokers, fondos, aseguradoras) reportarán datos de cuentas financieras a la respectiva Administración Tributaria y ésta intercambiará con otras Administraciones Tributarias, en el marco de Convenios y/o Convención de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (OCDE-Unión Europea), información de identificación personal (nombre, domicilio, residencia fiscal, el conocido “TIN” que es el número de identificación tributaria) e inversiones financieras, referida a individuos, entidades (incluyendo trusts y fundaciones) y sujetos extranjeros controlantes de sociedades (beneficiarios efectivo) de residencia fiscal en los otros Estados.

El G-20 comprometió a la OCDE a trabajar en el desarrollo de este nuevo estándar, habiéndose publicado el Reporte Estándar Común (CRS), que incluye las normas de Debida Diligencia que deberán aplicar las instituciones financieras alcanzadas, y el Modelo de Acuerdo entre Autoridades Competentes que deberán suscribir los países. www.afip.gob.ar

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