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jueves, 19 de septiembre de 2013

Régimen penal juvenil: una deuda de la democracia

En 2013 un censo contabilizó 1.508 personas menores de edad privadas de libertad, de las cuales el 11% son menores de 16 años. Con frecuencia, la sociedad establece una causalidad entre los problemas de la inseguridad y los jóvenes. En los extremos se posicionan quienes por un lado, creen que ante un delito hay que reeditar las viejas concepciones tutelares para mitigar los efectos de la falta de políticas y quienes por el otro, propugnan el encierro para dar respuestas a la demanda de políticas de seguridad.

El delito juvenil existe y amerita diseñar un sistema que dimensione todos los aspectos que impactan en la vida de los adolescentes y en la administración de la justicia, deslindándolo de una mera cuestión electoral.
La edad que se fije es una decisión política que debe tener en cuenta la relación entre la edad en la que se presenta el delito, la cantidad de casos y el tipo de delito, entre otras variables. Precisamente, los estudios en el país son escasos, espasmódicos y son relevados por distintas áreas de gobierno, y con distintas metodologías que no lo hacen comparables.

El último estudio: “Niños, Niñas y Adolescentes en Conflicto con la ley Penal” presentado en febrero de 2013 por la Secretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en base a una encuesta y un censo realizado en todo el país en junio de 2010, contabilizó 1.508 personas menores de edad privadas de libertad, de las cuales el 80% correspondía a adolescentes entre 16 y 17 años, el 11% a niños y adolescentes entre 11 y 15 años de edad y el 9% a jóvenes entre 18 y 19 años de edad. El mismo censo contabilizó para la provincia de Córdoba, un total de 232 chicos privados de libertad.
Sin embargo, organizaciones especializadas en derechos humanos, tuvieron acceso al parte de ingresos y movimientos de la Subsecretaría de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia de la provincia de Córdoba -con fecha 15 de febrero de 2010- que contabilizó 959 personas menores de edad en instituciones de privación de libertad, en la que algunos jóvenes estaban con permisos o licencias con lo cual no se encontraban en situación de encierro ese día. No obstante, el 17,9% eran menores de 16 años de edad.
Dos años más tarde, el 10 de febrero de 2012, el parte provincial informaba que se encontraban alojados en institutos, un total de 313 personas menores edad, es decir, menos cantidad de jóvenes que en el 2012; sin embargo, el 20% era menor de 16 años. La comparación entre los datos suministrados por la provincia y los relevados a través del censo del mismo año demuestra una diferencia de 727 chicos, es decir, un 313% más de lo informado.

Datos de la privación de la libertad
En el 2005, la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación presentó el estudio “Privados de Libertad. Situación de Niños, Niñas y Adolescentes en la Argentina” en el que se contabilizó un total de 2.377 personas menores de 21 años de edad privadas de libertad por causas penales en todo el país.
Tres años después, se publicó otro estudio realizado por la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación en conjunto con UNICEF y la Universidad de Tres de Febrero, en el cual se contabilizó un total de 1.799 niñas, niños y adolescentes menores de 18 años de edad privados de libertad en dispositivos de albergue. De ese total, el 67% se encontraba en áreas especializadas, el 12 % en servicios penitenciarios y el 21 % en dependencias policiales.
El informe señalaba que el 72% de los adolescentes privados de libertad eran mayores de 16 años mientras que el 17 % (298 chicos) eran menores de 16. Llama la atención que un 12 %, es decir 211 chicos, se encontraban privados de libertad sin consignar datos sobre la edad.
Un verdadero agujero negro, donde no hay cifras precisas, sino en el que hay un alto desconocimiento acerca de a quiénes se priva de libertad, ya que existen casos en los cuales se desconoce la edad de esos jóvenes -aún cuando llevan meses internados- mientras que otros se encuentran indocumentados en lugares de encierro como lo indican los estudios oficiales.
No se puede dejar de mencionar las condiciones de alojamiento: no todos los jóvenes se encuentran en centros especializados, y sus condiciones han sido seriamente observadas por el Comité contra la Tortura. 

Si hay algo que se puede afirmar es que la privación de libertad es una práctica sistemática y que se ejerce con niños y niñas desde muy temprana edad, más allá de la norma actual que fija la punibilidad en los 16 años, como observa hay niños desde los 11 años de edad en situación de encierro.
Una ley de responsabilidad penal juvenil es un sistema especial adecuado a la Convención sobre los Derechos del Niño y sería positivo si se discutiera en esos términos. Distinto es una política de seguridad ciudadana que debe ser concebida con una visión integral y no debe hacer eje en los adolescentes.
Es una necesidad terminar con el decreto ley de la dictadura 22.278 que habilita a disponer de los jóvenes, discrecional y arbitrariamente por la comisión de un delito, privándolos de libertad por tiempo indeterminado sin derechos, ni garantías ni debido proceso.

Una nueva ley que fije la edad de imputabilidad en los 16 años renuncia a punir cualquier tipo de delito realizado por personas menores de esa edad. Por lo tanto, en base a las prácticas actuales los menores de 16 años nuevamente correrían el peligro de ser privados de libertad sin debido proceso y garantías.
No puede dejarse de lado el reciente el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por las perpetuas a menores de edad en distintas provincias, que insta a la sanción de una ley especial y que tampoco por sí sola es suficiente sin no hay políticas integrales destinadas a los jóvenes. Por empezar, una política de educación realmente inclusiva, sabemos que más de 900.000 chicos en nuestro país no estudian ni trabajan según lo indican estadísticas de CEPAL y de la OEI (Organización de Estados Iberoamericanos). El 74% de los adolescentes y jóvenes que están en institutos de menores tienen primario o primario incompleto cuando hoy, la ley de educación es obligatoria hasta la educación secundaria, esto remarca donde hay que hacer el mayor de los esfuerzos.

Lic. Silvia Stuchlik
Coordinadora del Área de Fortalecimiento Institucional
Asesoría General Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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